Los abogados de 1970 (y II), por Julián Valle Rivas

abogados 70 lucena proceso juicio burgosAdelantaba en el artículo anterior, fiel y dilecto lector, que los acontecimientos acaecidos en el año de 1970, protagonizados por los abogados demócratas en su oposición al régimen de Franco, significarían el torcimiento del ámbito jurídico de la época.
 
 
 En mayo, el juicio al dirigente comunista asturiano Horacio Fernández Inguanzo, arrestado en una de sus incursiones clandestinas a España, se acordó celebrar a puerta cerrada por la sala del Tribunal de Orden Público, a lo que el abogado defensor José Manuel López se opuso enérgicamente, razón por la cual fue acusado de desobediencia, procesado y encarcelado. Difundida la actuación del Tribunal, los abogados emprendieron una suerte de huelga, y se negaron a desempeñar la defensa ante el Tribunal de Orden Público; perseverantes durante los meses siguientes, hasta el punto de que unos cuarenta abogados fueron condenados a un año de suspensión en el ejercicio profesional.
 

 En junio de 1970, el IV Congreso de la Abogacía, celebrado en León a convocatoria del Decano del Colegio de Abogados de Madrid y Presidente del Consejo General de la Abogacía Española José Luis del Valle-Iturriaga, con numerosa prensa extranjera acreditada, se inició con el desplante de los abogados demócratas a la intervención del Ministro de Justicia Antonio María de Oriol Urquijo, abandonando la sala más de la cuarta parte de los asistentes; entretanto, otros gritaban «¡Franco, Franco!». El mismo Decano, según publicó el periódico francés Le Monde, se acercó al Ministro exclamando: «¡Permitidme, señor Ministro, que os abrace en nombre de los abogados de buena fe!». Durante el transcurso de los debates congresuales, los abogados demócratas plantearon la abolición de la pena de muerte, que, para sorpresa de muchos sectores, incluido el Decano —quien había perdido el control de la situación—, se aprobó por aclamación. Además, se discutieron tres propuestas transcendentales: la derogación de las jurisdicciones especiales, la amnistía para los presos políticos y la creación de un Estatuto de Presos Políticos; compendio, este último, de novedosa radicalidad, pues no había equivalencia vigente en la Europa democrática, al no darse, claro, escenario equivalente. De todas ellas, la amnistía para los presos políticos se aprobó por mayoría.
 

 Sin embargo, el régimen franquista no se sintió aludido ante tamaña muestra crítica procedente del colectivo de la abogacía, considerándola, quizá, rabieta de niños malcriados, y respondió de la única manera que conocía y dominaba: el empleo de la fuerza y el terror, endureciendo la represión. Se aceleraron los consejos de guerra, los procesos penales y las ejecuciones. La abogacía demócrata quedó obligada a aguantar el pulso. La tensión era cada vez mayor. Los abogados se jugaban cada día su carrera y su propia vida. Fueron suspendidos, encarcelados, desterrados. También años después de la muerte de Franco serían asesinados por su condición y labor, como ocurriría con los abogados de Atocha 55, en enero de 1977. Pero, aún en aquel año de 1970, los incidentes eran aberrantes y la presión franquista, imperturbable.
 
 
 El 3 de diciembre, se inició el llamado Proceso de Burgos, juicio sumarísimo, en consejo de guerra, a dieciséis miembros de ETA (entre quienes se encontraban tres mujeres y dos sacerdotes), acusados del delito de rebelión general continuada, solicitándose un total de seis penas de muerte y más de setecientos años de prisión. Fruto de una sucesión de detenciones masivas, se les imputó los asesinatos de José Pardines Arcay, agente de la Guardia Civil, al interceptar a miembros de ETA en un control de carretera, el 7 de junio de 1968; de Melitón Manzanas, jefe de la Brigada de Investigación Social de la Comisaría de San Sebastián, el 2 de agosto de 1968; y del taxista Fermín Monasterio Pérez, el 9 de abril de 1969; asimismo, atentados y robos con un botín reportado superior a los treinta millones de pesetas.
 

 La repercusión del juicio fue enorme, la sala no daba cabida a la gran asistencia, y la presencia de la prensa nacional e internacional, de amplia acreditación, fue aprovechada por las defensas para atacar y minar moral y políticamente al régimen dictatorial. Diariamente, los abogados emplazaban a la prensa a una rueda en la que se reanudaban o prorrogaban las declaraciones, manifestaciones de ofensiva directa que horadaban el corazón legitimador del franquismo, ese corazón excusador de una brutalidad irracional e inhumana, demencial. Con aquellas ruedas de prensa, los abogados defensores fomentaban, sin duda, el efecto catalizador sobre la presión internacional, la ruptura de cualquier modelo de respaldo al régimen, sea por reparo o vergüenza. El Gobernador Civil de Burgos, Federico Trillo-Figueroa, decretó, para las ruedas de prensa vinculadas al mediático proceso, la previa solicitud, con veinticuatro horas de antelación y la presencia de un delegado civil, de la que los defensores se desentendieron; es más, varios compañeros acudían a la sala del tribunal con grabadoras ocultas en sus maletines, que no hicieron públicas hasta la conclusión del juicio.
 

 Desde luego, sin abogados no sería posible el derecho al proceso con todas las garantías, puesto que no lograrían culminarse. Aunque, en España, los abogados se sumaron a otros colectivos en primera línea, sin quienes no habría sido posible la Democracia.

Los abogados de 1970 (I), por Julián Valle Rivas

 
abogados 1970 peces barba lucena Iniciada la década de los sesenta en España, el régimen dictatorial, de naturaleza personalísima, moldeado por Franco mantenía su deleznable estatus represivo. Sin piedad ni perdón, continuaba aniquilando, exterminando, cualquier atisbo de movimiento desorientado de la senda destinada al culto de la figura del dictador, y a sus chaladas obsesiones egocéntricas. Se habían dotado a las leyes penales de efectos retroactivos, imputando por hechos que antes habían sido legales, como pertenecer a organizaciones políticas y sindicales; los procesos adolecían de indefensión y se impulsaban en base a confesiones firmadas tras horas de tortura.
 
 
 En esa infame labor de limpieza ética e ideológica, a una parte de la Administración de Justicia se le asignó el papel legitimador de las represalias de los vencedores, quienes no se conformaron con la victoria, sino que se esforzaron por imponerse, auspiciados por el dominio de la exclusividad, en todo espectro de la vida española. Abundantes procedimientos y sentencias judiciales teatralizaron, bajo el amparo de leyes ex profeso, la venganza del bando nacional y la supresión del republicano. Este carácter extirpador se reflejó en la multiplicidad de jurisdicciones especiales, como el Tribunal Especial de Represión de Masonería y Comunismo, de 1940, o el Juzgado Especial Militar de Actividades Extremistas, de 1958.
 
 
 Reunida la Comisión Internacional de Juristas en Ginebra, en 1962, reprochó a España la abusiva persistencia de la justicia castrense en tiempos de paz, a lo cual el régimen franquista reaccionó con la creación, en 1963, del Tribunal de Orden Público, que asumió competencias, hasta entonces, atribuidas al orden militar, con el propósito de instaurar «… dentro de la jurisdicción ordinaria un Tribunal y Juzgado, a los que confiere competencia privativa para conocer de los delitos cometidos en todo el territorio nacional, singularizados por la tendencia en mayor o menor gravedad a subvertir los principios básicos del Estado, perturbar el orden público o sembrar la zozobra en la conciencia nacional»; y suprimir el Tribunal Especial de Represión de Masonería y Comunismo, cuyos hechos delictivos «… quedan sometidos al Juzgado y Tribunal de Orden Público creados por la presente, sin perjuicio de la competencia atribuida a la jurisdicción militar».
 

 La desvinculación tampoco fue excesiva: mientras los tribunales militares eran presididos, en general, por oficiales legos en Derecho, para el de Orden Público eran nombrados los jueces y magistrados más adeptos al régimen, cuya objetividad procesal devenía dudosa, devolviendo al calabozo a los detenidos que, ante ellos, negaban los hechos confesados, alegando tortura, o no levantando el secreto del sumario hasta la presentación del escrito de acusación por parte del fiscal, lo que relegaba al defensor a la ignorancia durante la instrucción, competencia de ese Juzgado «… con igual jurisdicción territorial que aquél [el Tribunal] y sede en Madrid, aunque con facultad de desplazarse a cualquier lugar del territorio nacional cuando su actuación así lo requiera». A lo largo de sus trece años de existencia, el Tribunal de Orden Público dictó casi cuatro mil sentencias, encausando a unas nueve mil personas, obreros y estudiantes, en su mayoría, por hechos vinculados directamente con el ejercicio de los derechos humanos fundamentales.
 

 La rebelión en el mundo universitario y laboral era una realidad a la que, al finalizar la década de los sesenta, frente a las ya intolerables carencias de garantías procesales en las causas ante el Tribunal de Orden Público, con un ordenamiento jurídico tan disconforme con el enfoque internacional hacia los derechos civiles y plagado de disposiciones inconciliables con los derechos inalienables de las personas, blandiendo sus títulos como armas por y para la defensa, se adhirieron los abogados en ejercicio. Desde los colegios y despachos profesionales, compartiendo un mismo código de valores, la conciencia de servicio público y responsabilidad en la profesión, la necesidad de cambio y reconciliación, la apertura y el diálogo, comunistas, socialistas, democristianos y monárquicos se aliaron por un bien común. Se propugnó la democratización de la profesión, el refuerzo de la defensa de los obreros (no se contemplaba un Derecho Laboral «per se»), la igualdad interna, el acercamiento social, las consultas jurídicas como velados espacios de organización sindical, el tejido de una red de apoyo internacional —con reconocidos juristas extranjeros asistiendo a las vistas en primera fila—, la conversión de los juicios en plataformas de condena al régimen; muchas abogadas se integraron en aquella época, librando dignas batallas. De la mano de Gregorio Peces-Barba, un pequeño grupo de jóvenes abogados y profesores de Derecho constituyeron la Asociación de Abogados Jóvenes, de pragmática gestión, al buscar y encontrar un hueco de reconocimiento en el seno del Colegio de Abogados de Madrid, desde el cual debatirían y decidirían propuestas a fin de elevarlas a la Junta Directiva. Y se intensificó la doble vía de estrategia de defensa: el uso alternativo del Derecho, que indagaba entre la legislación franquista sus resquicios y contradicciones, y los juicios de ruptura, que implicaban no sólo el reconocimiento por el encausado de los hechos imputados cometidos, sino también de los no cometidos, derivando el juicio en un alegato de ideales políticos y denuncia pública del régimen; así ocurriría con el conocido como Proceso de Burgos, en diciembre de 1970.
 

 Precisamente, aquel año de 1970 fue un año de inflexión en la lucha de la carrera profesional contra el franquismo. Pero se agota mi espacio, lector caro; de tal modo, le emplazo a la próxima entrega. Le ruego paciencia.
 
Julián Valle Rivas

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