EL AYUNTAMIENTO Y LA POLICÍA LOCAL. CRONICA DE UN CONFLICTO INTERMINABLE. (Parte IV: La “huelga de celo”), por Fernando M. García Nieto

En junio de 2013 el concejal delegado de Personal, José Cantizani, en declaraciones públicas minimizaba los efectos de la supuesta “huelga de celo” que estarían protagonizando los miembros de la Policía Local. Respecto a aquellas declaraciones el SPPME reiteró que la decisión de llevar a cabo la “huelga de celo", término que considero poco acertado, como explicaremos a continuación, se había adoptado en asamblea por la amplia mayoría del colectivo como parte de medidas de protesta, y que …"esas medidas de protesta fueron las que determinaron que la partida de dinero, destinada a la productividad de la Policía Local , volviese al Capítulo de Gastos de Personal de los presupuestos , tal y como el Sr. Cantizani dijo a los medios”…  


Respecto a la afirmación de Cantizani de que era inviable cualquier incremento salarial debido a las limitaciones que imponía la ley de Presupuestos Generales del Estado, el sindicato indicó que …"incluso antes de constituirnos, se mantuvieron reuniones con el equipo de gobierno y los servicios jurídicos, haciéndoles ver que la adecuación salarial es viable dentro de la legalidad, no siendo nuestra situación un caso aislado, puesto que se le plantearon soluciones que se habían adoptado en otras ciudades y fruto de estos contactos se acordó el nombramiento de la constitución de la Comisión Técnica, que se encarga de la actual revisión de la valoración de los puestos, pese a que hubiésemos preferido que se hubiesen encargado a una empresa externa independiente, aun así, confiamos en que desempeñe su función de forma profesional e imparcial, en cuanto al estudio de las alegaciones que se presentaron con el respaldo prácticamente unánime de esta plantilla"…, y que …"los policías nunca han reivindicado un aumento salarial, como el señor Cantizani transmite a la ciudadanía, sino la adecuación justa de las retribuciones que se venían percibiendo en igualdad de condiciones con el resto del funcionariado"…, señalando también …"esperamos que estas líneas le sirvan al equipo de gobierno como confirmación del seguimiento de la huelga de celo, no sólo por este sindicato que representa a más de la mitad de la plantilla, si no por la amplia mayoría del Cuerpo, que la viene secundando"….  


En relación con este asunto, el SPPME interpuso denuncia penal contra la concejala M.ª del Mar Morales por un presunto delito contra el honor del colectivo policial, denuncia que no fue admitida a trámite y terminaría archivándose. La medida vino motivada por unas declaraciones de la delegada de Seguridad y Tráfico en relación con esta “huelga de celo” vertidas en distintos medios, en las que dejaba entrever la falta de justificación del incremento de denuncias interpuestas por los agentes. En respuesta a estas manifestaciones el sindicato explicó que el incremento excesivo de las multas pudo haber sido motivado por el acuerdo de la Junta de Gobierno Local celebrada el día 27 de noviembre del 2014, en la que se aprobó por unanimidad y en votación ordinaria: …”Que se realice una campaña informativa en los medios de comunicación locales indicando que se vigilará especialmente el aparcamiento sobre las aceras en las calles que han sido remodeladas, imponiendo las sanciones que correspondan y con la actuación de la grúa cuando sea necesario”... (Junta Gobierno Local Sesión Ordinaria 27 noviembre 2014 Pág. 11 de 28). Y recordó unas declaraciones públicas de Miguel Villa, edil de Urbanismo, en las que aludía a las instrucciones transmitidas a la Policía Local a fin de que «se esforzaran con el mayor celo posible en la prevención de estacionamientos en lugares prohibidos», en relación con las calles del centro.  


Pero ¿qué podemos entender por huelga de celo? ¿se puede catalogar aquella medida de presión del colectivo policial como “huelga”? Analicemos este concepto y el uso político que se hizo de aquella medida de acción sindical.


En el diccionario panhispánico del español jurídico encontramos la siguiente definición del citado concepto: Huelga de celo o reglamento: Ejecución minuciosa y reglamentaria del trabajo, que tiende a producir un retraso en el mismo. Esta huelga es constitutiva de acto ilícito o abusivo. Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, art. 7.  


Así, en el Real Decreto Ley 17/1977, art 7:
Uno. El ejercicio del derecho de huelga habrá de realizarse, precisamente, mediante la cesación de la prestación de servicios por los trabajadores afectados y sin ocupación por los mismos del centro de trabajo o de cualquiera de sus dependencias.


Dos. Las huelgas rotatorias, las efectuadas por los trabajadores que presten servicios en sectores estratégicos con la finalidad de interrumpir el proceso productivo, las de celo o reglamento y, en general, cualquier forma de alteración colectiva en el régimen de trabajo distinta a la huelga, se considerarán actos ilícitos o abusivos.  


Por otra parte, los policías tienen prohibido la realización de huelga por el art 6.8 de L.O 2/86 de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y cito: “Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad no podrán ejercer en ningún caso el derecho de huelga, ni acciones sustitutivas del mismo o concertadas con el fin de alterar el normal funcionamiento de los servicios”.


Pues bien, si atendemos a lo dispuesto en las citadas normas legales, y haciendo una interpretación “retorcida” de las mismas, la acción llevada a cabo por los policías, y catalogada como “huelga de celo” por el SPPME y el equipo de gobierno, podría encontrarse fuera de la legalidad. Pero lo cierto es, y salvo mejor criterio letrado, que se estaría obviando, desde esta perspectiva, varios elementos clave para calificar esta acción como ilegal, y son los necesarios de “finalidad de interrumpir el proceso productivo”, “tendencia a producir un retraso”, “la alteración colectiva del régimen de trabajo” o “el fin de alterar el normal funcionamiento de los servicios”, todos ellos elementos que no se pueden identificar en un incremento de denuncias interpuestas.


Si a esto último agregamos que los agentes están obligados por ley a denunciar cuantas infracciones observen, en virtud del art. 87.1 del RDLeg 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que establece que “Los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas deberán denunciar las infracciones que observen cuando ejerzan funciones de esa naturaleza”  , queda fuera de toda duda que los policías locales “deben” denunciar las infracciones que observen en el ejercicio de sus funciones, y que no lo hacen con una finalidad espuria, sino en cumplimiento de un deber impuesto legalmente. Todo ello elimina definitivamente la posibilidad de catalogar como huelga el aumento de resultados en las labores de vigilancia y control del tráfico, y las denuncias extendidas por las infracciones detectadas en aquellos días.


Por último, se debe hacer la observación de que la policía no denuncia a ningún infractor si no es en base a un hecho que reúna todos los elementos que integran el tipo de la infracción recogida en la normativa de tráfico, y que lo contrario supondría el archivo automático del expediente, exonerando de toda responsabilidad al conductor, y abriendo una vía para exigir la correspondiente responsabilidad al funcionario denunciante. Es decir, que un policía no se puede “inventar” de la nada una infracción de tráfico, y que los hechos denunciados siempre han de encontrar respaldo legal en la presencia real de una señal de tráfico o en una conducta real taxativamente recogida en la Ley de Seguridad Vial o sus reglamentos de desarrollo. En el caso contrario se estaría cometiendo un ilícito penal por parte del denunciante. Otra cosa es el desconocimiento que parte de la población, y algunos de nuestros políticos, tienen de la Ley, lo cual no les exime de su cumplimiento.


En el mes de marzo de 2015 el alcalde de Lucena, D. Juan Pérez, hizo pública una cifra de quinientas denuncias en seis días. Según nuestro regidor esa era la cantidad de “sanciones”, que no denuncias, impuestas por un reducido grupo de agentes de la policía local que había iniciado una serie de movilizaciones para reclamar al Consistorio mejoras salariales. Aquí hago un inciso para aclarar que la policía no impone sanciones, sino que pone en conocimiento de su autoridad infracciones a la norma para que él o el concejal delegado correspondiente, tras la tramitación de un expediente sancionador, imponga sanción. El propio alcalde, el concejal delegado de Personal, y la concejala delegada de Seguridad, comparecieron de urgencia, para anunciar que se habían solicitado a los mandos de la policía local aclaraciones para determinar las causas del incremento exagerado de denuncias por parte de un sector de la Policía Local.


Juan Pérez manifestó … «su malestar, indignación y tristeza» … por los acontecimientos que estaban sucediendo … «por parte de determinados agentes de la Policía Local, con actuaciones en lugares y horario poco habituales» …, y declaró que aquel … «celo excesivo en el cumplimiento de sus funciones policiales» … respondía … «a un empeño en conseguir mejoras retributivas» … pero que … «los ciudadanos no se merecen esta actitud» ...


Según el alcalde de Lucena, esta situación no era fruto de la actuación de todo el personal de la Policía Local sino de …“un reducido grupo”…, que aunque estaba en su derecho de solicitar mejoras salariales,…“está actuando de forma injusta”…, insistiendo en que las soluciones a tales reivindicaciones han de ser fruto del diálogo y negociación colectiva y no de actuaciones …“que toman a la ciudadanía como rehén de un conflicto laboral”…, con la intención de …“desprestigiar el trabajo del equipo de gobierno en plena campaña electoral”…    


Analicemos aquellas declaraciones. En primer lugar, el Ilmo. Sr alcalde insistió en que las acciones del colectivo eran para reclamar mejoras retributivas, obviando la causa real de aquel conflicto colectivo, y que ha quedado sobradamente explicado en anteriores entregas de esta serie de artículos, como es la reacción a una pérdida considerable de los ingresos familiares de los policías, y no una petición de aumento de sus salarios.


En segundo lugar, puntualizó que el incremento exagerado de denuncias estaba ocasionado por parte de determinados policías con actuaciones en lugares y horarios poco habituales. Ante esta afirmación hay que hacer la observación de que la norma de tráfico no hace distinciones geográficas u horarias para su aplicación, considerándose conforme a Derecho que la infracción haya sido cometida en cualquier lugar y a cualquier hora, y que, en todo caso, y si es conforme con el procedimiento sancionador, corresponde al órgano instructor del expediente valorar las circunstancias específicas de los hechos denunciados para fijar la cuantía de la sanción en su propuesta de resolución.


 Por otro lado, manifestó que los ciudadanos no se merecían la actitud de celo excesivo en el cumplimiento de las funciones policiales. Lo cierto es que el sentir y la demanda del ciudadano suelen ir en el sentido contrario a esta afirmación. La mayoría de la ciudadanía, que cumple la norma aunque a veces por desgracia le supone un sacrificio y una desventaja con respecto al infractor, y que lo hace garantizando con ello la convivencia de todos, que no puede existir sin el respeto de las leyes, suele quedar satisfecha cuando se corrige al infractor insolidario, y por eso demanda de su policía un mayor celo en el cumplimiento de sus funciones.


Por último, respecto a la “intención de desprestigiar el trabajo del equipo de gobierno en plena campaña electoral”, la vigilancia en el cumplimiento de la ley no debería suponer desprestigio para ningún gobierno, más bien al contrario. El alcalde planteaba de forma velada la posibilidad de que las denuncias de los agentes de tráfico podían decantar el sentido del voto de los ciudadanos, que podrían retirar su apoyo al equipo de gobierno en aquellas elecciones municipales del 2015. Pues bien, el resultado no certificó sus sospechas, el PSOE ganó aquellas elecciones en Lucena reforzando su posición respecto a la anterior legislatura, por lo que poco o nulo efecto tuvo en la intención de voto de los lucentinos el incremento de denuncias por parte de la policía local, y si lo tuvo, probablemente fue en el sentido contrario al insinuado desde el gobierno local. La citada “huelga de celo”, al final, no fue más que una llamada de atención sobre el conflicto colectivo que se convirtió en un instrumento más de la estrategia electoral del partido, hábilmente utilizada.  

Fernando M. García Nieto

http://www.surdecordoba.com/lucena/huelga-celo-la-policia-local
  Policías locales dicen que el aumento de multas es una «orden política» (abc.es)

  https://dpej.rae.es/lema/huelga-de-celo-o-reglamento

  https://boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1977-6061

  https://www.boe.es/buscar/pdf/1986/BOE-A-1986-6859-consolidado.pdf

  https://elderecho.com/caracter-obligatorio-de-las-denuncias-de-policia-local-en-materia-de-trafico

  Los policías locales de Lucena ponen 83 multas al día para que les suban el sueldo (abc.es)
  https://www.diariocordoba.com/cordoba/2015/03/14/alcalde-manifiesta-malestar-multas-37090105.html

  https://resultados.elpais.com/elecciones/2015/municipales/01/14/38.html

“LLEGAR A SER ALGO”, por Fernando M. García Nieto

el juramento del juego de pelota sieyesEmmanuel-Joseph Sieyès, el abate Sieyès, francés, nacido en 1748, fue político, eclesiástico, ensayista, académico, y uno de los teóricos de las constituciones de la Revolución francesa y de la era napoleónica. Inició carrera eclesiástica por influencia familiar y llegó a obispo de Chartres. Pero su vocación le llevaría irremediablemente a la política.


En 1788, un año antes de la Revolución publicó dos opúsculos que le llevarían a la fama inmortal; “Ensayo sobre los privilegios” y “¿Qué es el tercer estado?”.


Fue uno de los artífices de la Asamblea Nacional y el inspirador del juramento del Juego de Pelota. Después consiguió sobrevivir al Terror a pesar de sus posturas moderadas. Fue respetado por Napoleón, que le guardó las distancias, pero sufrió el destierro con la restauración borbónica de Luis XVIII, ya que había votado a favor de la ejecución de Luis XVI. Regresó a Francia en 1830 tras la caída de Carlos X y el advenimiento de Luis Felipe de Orleans como nuevo rey. Murió apaciblemente seis años después, siendo ya un octogenario.


En su obra más famosa planteaba tres preguntas: “¿Qué es el tercer estado? Todo. ¿Qué ha sido hasta ahora en el orden político? Nada. ¿Qué pide? Llegar a ser algo” …


Según el abate la subsistencia de la nación era posible gracias al trabajo y la administración, y todo el primero y la mayor parte de la segunda recaían en los hombros de los no privilegiados, aquellos que no pertenecían a la nobleza o el clero, el tercer estado, casi la totalidad del cuerpo social, el Pueblo. Hasta aquel momento, contestando a la segunda pregunta, había estado privado de la posibilidad de acceder al poder, careciendo de derechos políticos.


Y lo anterior nos lleva a la respuesta a la tercera interrogante. El tercer estado pedía contar para el destino de la patria. Esto es, llegar a tener influencia igual que la de los otros dos estamentos, que sus votos contaran como los de los otros dos grupos juntos, y elegir a sus propios representantes en los Estados Generales. El pueblo también demandaba un sistema fiscal con mayor equidad que no lo cargase de impuestos para mantener a los otros dos estamentos parasitarios, y una Constitución que se inspirase en la inglesa y su monarquía parlamentaria.


Pero para lograr este acto de justicia el tercer estado tendría que luchar por él y conquistarlo, por el interés común. Y no tardaría mucho, en julio de 1789 fue proclamada la Asamblea Nacional Constituyente. En estas ideas de Sieyès observamos una clara influencia de la sensibilidad ante la injusticia característica de Rousseau, unida a su propia voluntad decidida de acción, que el abate puso en juego en cuanto tuvo oportunidad, dejando su impronta para la eternidad en la Historia de la humanidad.

 

Fernando M. García Nieto

«Mank», por Julián Valle Rivas

mank ciudadano kane orson welles gary oldman herman mankiewicz«Lo que antes era un castillo sobre una colina es ahora un recuerdo de lo que fue. A solas en su decadente e inacabado palacio del placer, apartado, apenas visitado y nunca fotografiado, podemos ver a un anciano en batín, fumando en pipa, sentado solo junto a su piscina. Hay papeles arrugados desperdigados a sus pies…».


    Con estas palabras comenzaba, o se supone que debía comenzar, la mayor obra de arte cinematográfico de todos los tiempos: «Ciudadano Kane». Al menos, eso es lo que nos cuenta Jack Fincher en el guión que dejó escrito antes de su fallecimiento en 2003. Sería su hijo David quien, en 2020, de la mano de Netflix, estrenaría el largometraje que ideó su padre: «Mank». Quizá, por razones obvias, ni a Paramount ni a MGM, y puede que tampoco a Warner Bros, les ilusionara el proyecto. Así que David Fincher hubo de aguardar a la eclosión definitiva de las plataformas, que llevaban tiempo clamando por un hueco en la Academia, auspiciadas por la amarga realidad de la pandemia, desgarradora quiebra en la historia de la humanidad. Y logró realizar la película que imaginó su padre y conseguir el favor de la crítica y recibir el aplauso de gran parte del público y ser nominada a ciertos premios y partir hacia el limbo de los olvidados, paraíso de los merecedores de la gloria.


    Jack Fincher elaboró un guión acerca del proceso de redacción, precisamente, del guión de la película de Orson Welles. Excusa o justificación literaria que sirvió al escritor para narrar un periodo tumultuoso en la vida de su creador Herman J. Mankiewicz, descendiente de inmigrantes judíos alemanes y hermano mayor de Joseph L. Mankiewicz (sobre el que ya tecleé por esta casa). En 1892, el padre, Franz, emigró hacia los Estados Unidos, donde conoció y se casó con otra inmigrante, Johanna, y trabajó como profesor. En el Nueva York de 1897, nació Herman. Siempre vinculado al mundo de la edición y el periodismo, decidió alistarse como piloto de aviones, durante la Gran Guerra, destino que se vio obligado a cambiar por los Marines de las Fuerzas Expedicionarias Estadounidenses (AEF), al sufrir mareos en altura. Terminado el conflicto bélico, dirigió el servicio de noticias de la Cruz Roja en París, hasta su regreso a los Estados Unidos, donde contrajo matrimonio con Sara Aaronson, para residir de nuevo en el extranjero, en Berlín, durante un trienio. De vuelta a su tierra natal, dedicó unos años a la sección política del Chicago Tribune, pero no pudo resistirse al auge cinematográfico y se trasladó a Hollywood, para dedicarse a escribir guiones de la mano de la Paramount de David O. Selznick. El alcoholismo nublaría su vida a perpetuidad, aunque pronto marcó un estilo propio, fruto de su extrema creatividad, su elevado nivel intelectual y su humor mordaz, e inició, a través de unos míticos telegramas («Ven de inmediato. Hay millones por hacer y tu única competencia son unos idiotas»), una campaña de captación de escritores neoyorkinos, a la que incorporó a su hermano Joe, con quienes, víctimas del crac económico, fundó un esperpéntico equipo. Fue por intermediación de uno de aquellos compañeros, Charles Lederer, que inició la relación con la pareja formada por Marion Davies (tía de Lederer) y el todopoderoso magnate de los medios de comunicación William Randolph Hearst… Y aquí arranca la película de los Fincher… Más o menos…


    En realidad, el largometraje parte del año 1940, en el cual un descollante Orson Welles, de 24 años, estrella rutilante del momento, contrata los servicios de un Herman Mankiewicz vencido por el alcoholismo y repudiado por Hollywood, a quien unas deudas excesivamente onerosas y una lengua excesivamente suelta han relegado al rincón oscuro de los apestados. Welles ha aceptado la invitación de una RKO igualmente en apuros, que le ha otorgado absoluta carta blanca para la producción de un filme, y es consciente sobre qué película quiere rodar, sobre quién se inspirará y, fundamentalmente, sabe a quién acudir para escribir el guión. Recluye, entonces, a un Mankiewicz todavía convaleciente por un accidente de coche, al cuidado de una enfermera, auxiliado por una secretaria y con veto de alcohol, para que escriba un guión en noventa días, que la productora reducirá a sesenta. Las analepsis, procedentes del año 1930, se irán sucediendo a lo largo del metraje, intercalándose en el desarrollo creativo del escritor, con el objetivo de explicar al espectador aquellas escenas de la vida del protagonista que le han conducido al momento cronológico y al estado personal de salida. Su enamoramiento platónico de Marion Davies, la estima de Hearst, los desequilibrios sociales de la crisis económica, el auge del fascismo (él mismo ayudaría a muchos alemanes a huir), las intrigas políticas, el uso de los medios de comunicación para la difusión de noticias falsas, el hipócrita y deleznable carácter de Louis B. Mayer, con sus manipulaciones y fraudes, los desaires que sufrió de los profesionales del sector, el suicido de su amigo Shelly Metcalf, consumido por el remordimiento… Su tendencia ineluctable a la autodestrucción. Finalmente, concluye un guión de trescientas veintisiete páginas, que Welles se encarga de reducir a la mitad, atribuyéndose una coautoría que lo enemista con Mankiewicz, pues ha subscrito un contrato de compra que el escritor, encandilado por la magnitud de su obra, se empecina en deshacer. Las constantes visitas de su amigo, el productor John Houseman, y las posteriores de su hermano Joe y de la mismísima Marion, todos ellos preocupados por las repercusiones, no persuaden al autor de prescindir de su obra, por la que Mankiewicz y Welles obtienen el Óscar al Mejor Guión Original.


    Por el contrario, «Mank» ni siquiera fue nominada en esta categoría, ni la película ni el director ganaron el Óscar en sus respectivas, prefiriéndose a la verrugosa «Nomadland» y a la contemplativa Chloé Zhao. Sí triunfó una excelente fotografía en blanco y negro, que empleó la luz con soberbia, y un cuidado diseño de producción, que se preocupó por reubicar la visión del espectador en los años 40, incluida la evidencia del recurso del retroproyector y el fundido a negro. Sin embargo, el largometraje suma una admirable interpretación de Gary Oldman, una banda sonora en consonancia con la producción, un escrúpulo por el detalle (llamativa la aparición de los antiguos círculos negros, indicativos del cambio de rollo) y un desmedido amor por el cine.


    «Mank» no es una biografía de Herman J. Mankiewicz, y no lo pretende, porque, como Jack Fincher supo dramatizar a la perfección en boca del protagonista: «No puedes plasmar la vida de un hombre en dos horas. Como mucho, transmitir una impresión de ella».


Julián Valle Rivas

Más vale prevenir que curar, por Vicente Dalda García-Taheño

maquedano1Como la experiencia nos indica y todos conocemos, año tras año, tras el calor llegan las tormentas y con ellas las aguas torrenciales sobre nuestra ciudad. Se construyeron las presas y canalizaciones en el arroyo Maquedano con la finalidad de evitar las riadas, pero también la reciente experiencia nos demuestra que si no se mantienen no funcionan y anegan Lucena, amén de que hay que reparar los daños y extraer de las conducciones hasta un termo calentador.

 

Pues bien, esto sucede por la falta de mantenimiento del Maquedano. Cuando era concejal siempre lo recordaba en el pleno de julio, ahora que no lo soy lo recuerdo en este sencillo artículo de opinión, al que acompaño reportaje fotográfico del día 28 de julio de 2022. Es mi exclusiva finalidad evitar lo que sucedió.maquedano2maquedano10maquedano9maquedano7maquedano6maquedano5maquedano8

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EL AYUNTAMIENTO Y LA POLICÍA LOCAL. CRONICA DE UN CONFLICTO INTERMINABLE. (Parte III: La falta de apoyos y el sindicato profesional”), por Fernando M. García Nieto

El 4 de diciembre del 2012 un nutrido grupo de trabajadores del ayuntamiento de Lucena se reunió en asamblea, convocada por la Junta de Personal, para ser informados de las negociaciones sobre la revisión de la valoración de puestos de trabajo (VPT), las protestas de la policía local, las reuniones mantenidas con el equipo de gobierno y los servicios jurídicos y económicos municipales, y las posibilidades de llevar a cabo esta revisión. Los asistentes decidieron unánimemente instar al equipo de gobierno a continuar con los trámites de la revisión y a llevar a cabo una cuantificación económica de la misma, para que en un futuro pudiera llevarse a efecto. Pero, sin embargo, no se exigió su aplicación, como venían reclamando los policías. Estos se quedaban sin apoyos en sus reivindicaciones para recuperar el nivel retributivo perdido.

 


El por entonces presidente de la Junta de Personal del Ayuntamiento de Lucena, D. Joaquín Cabello, realizó declaraciones a los medios al término de la asamblea: …"entendemos que la aplicación de la VPT en estos momentos es inviable, ya que así lo indica la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el bienio 2013-2014, pero preferimos que la negociación se cierre para que una vez que pueda aplicarse, quizá en 2015, todo este claro"... Cabello señaló que se había insistido en que la partida para productividad consignada en los presupuestos, y no gastada por la ampliación de la jornada laboral, se mantuviera en los presupuestos de 2013, incluso aunque no pudiera gastarse, …"para que de cara a 2015 no se haya rebajado la masa salarial del ayuntamiento"... La Junta de Personal apoyaba los argumentos del equipo de gobierno, basados en la imposibilidad de incrementar la masa salarial, al mismo tiempo que solicitaba mantener aquel dinero procedente de la productividad de la policía local en los presupuestos para que no disminuyera esta. Esta decisión favoreció la llegada al ayuntamiento de un nuevo sindicato, el Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (SPPME), que vendría a cubrir la falta de representación y apoyo que el colectivo percibía en los sindicatos de la Junta de Personal y el resto de los trabajadores públicos.

 


La decisión adoptada en aquella asamblea iba en contra de la intención del equipo de gobierno municipal. La partida económica en cuestión, que ascendía a unos 250.000 €, era considerada fundamental para rebajar el endeudamiento y seguir optando a financiación externa durante el año 2013. Ese era el espíritu del decreto ley del Gobierno Central, que imponía limitaciones a la contratación y al incremento de la masa salarial de los ayuntamientos. Con otras palabras, no se podía incrementar la masa salarial, algo que nadie estaba reclamando, pero se podía destinar aquel dinero, ahorrado de restar la productividad de la policía, al pago de deuda. Resumiendo, te quito la productividad sin ofrecerte alternativa para que la puedas cobrar por otro concepto distinto al exceso de jornada, para pagar con ese dinero la deuda que nosotros los políticos hemos acumulado.

 


Cabello señaló que el concejal delegado de Personal había hecho tiempo atrás el ofrecimiento a las Secciones Sindicales, de comenzar la revisión de la VPT, aparcada desde el año 2008. En aquel momento se había acordado constituir una subcomisión de la Mesa de Negociación para la revisión de la VPT, con representación de las distintas secciones sindicales reconocidas formalmente en el Ayuntamiento. Tras meses de deliberaciones, la tarea de esta subcomisión tocó a su final. Sin embargo, en noviembre, el concejal delegado de Personal dijo que, aunque se aprobase, no era factible la aplicación de la VPT, porque la legislación estatal presupuestaria lo impedía. Según Cabello, …"esta situación contradictoria ha llevado a que determinados ánimos del colectivo municipal se crispen y como consecuencia de ello se hayan sucedido una serie de protestas hacia el Equipo de Gobierno, si bien todas ellas se han realizado dentro de unos márgenes, no dándose ninguna situación incontrolada"… ,y añadió, …“el trabajo realizado por esta subcomisión sólo era el de elaborar el estudio de funciones y valoración de puntos, no siendo éste el órgano encargado de la negociación definitiva, cuya aplicación definitiva es competencia de la Mesa General y posteriormente el Pleno Municipal"... Aclarando seguidamente que el estudio de esta revisión de la VPT, …"no pretende una subida de sueldos a los trabajadores públicos de esta administración, sino un reconocimiento de las funciones de sus puestos y una valoración de estos"...  

 


La sección sindical del SPPME, recién creada, insistió hasta la saciedad en que las Leyes de presupuestos no prohibían la revisión de la valoración de los puestos mediante modificación de la VPT, ni la de Rajoy ni las anteriores. El equipo de gobierno se amparaba en el criterio de los técnicos municipales para no activar una solución política al conflicto, desoyendo todas las argumentaciones y alternativas propuestas por el sindicato profesional. Este trató de explicar uno por uno, estos argumentos, al Secretario, la Interventora, la Jefa de Recursos Humanos, Vicesecretario y Tesorero. La sección sindical defendía que las leyes de presupuestos incluyen, desde 1985, en sus capítulos de gastos de personal, la figura de las “adecuaciones retributivas de carácter singular y excepcional”, elemento necesario para adaptar la valoración de los puestos de trabajo en cada ejercicio, y que ello no tenía por qué suponer un aumento de la masa salarial, puesto que lo que se estaba reivindicando era mantener el nivel de retribuciones de la policía, anterior al cambio de jornada impuesto por el gobierno central, a través de la revisión de determinados vectores de valoración que no se revisaban desde 2006. Pensemos, ¿sería lógico que las administraciones públicas hicieran una VPT y nunca más se pudiera revisar esta, a pesar de que las condiciones en el desempeño de determinados puestos variasen de un ejercicio presupuestario al siguiente? Las VPTs deben ser documentos vivos, dinámicos y activos. Estos argumentos se tornarían tiempo después en incontestables, con la posterior contratación municipal del Grupo ICSA, empresa que hacía valoraciones de este tipo, para administraciones públicas por toda España, bajo esos mismos fundamentos y durante el periodo de tiempo objeto de esta crónica.

 


De forma paralela, la instrucción de los expedientes disciplinarios llegaba a su fin. Conforme al Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, que es el que se aplica al Cuerpo de la Policía Local, se desarrollaron las diferentes fases procedimentales de los expedientes (período de información reservada, providencias, declaraciones, práctica de pruebas, oficios…) que desembocaron en una resolución que establecía que …“los hechos denunciados por el Sr. Cantizani, carecen de la entidad suficiente para constituir infracción disciplinaria y que se amparan en el legítimo ejercicio, por parte de los trabajadores, de los derechos de libertad de expresión y de defensa de los derechos que les son inherentes, proponiéndose el archivo de los expedientes disciplinarios”…

 


Ante esta resolución el SPPME expresó públicamente: … “han sido casi seis meses que han supuesto numerosas horas de trabajo para los funcionarios encargados de la tramitación, gastos en medios digitales de prueba, gran cantidad de folios y mucho malestar en esta plantilla. Nos preguntamos si un concejal, que cuestiona la penosidad del trabajo policial y que gana casi cuatro veces el salario de un policía, no lleva implícito en su sueldo soportar las justas reivindicaciones y críticas de un grupo de trabajadores. El Sr. Cantizani ha demostrado no estar a la altura de las circunstancias y ha hecho un daño irreparable a un grupo de profesionales con una trayectoria irreprochable”…, añadiendo, …“esta plantilla, pese a los vanos intentos del Sr. Cantizani de amedrentar al personal, seguirá reivindicando sus derechos laborales y exigiendo que se reconozcan las peculiaridades de nuestros puestos,  continuará ejercitando las medidas de presión que  se estimen convenientes dentro de la legalidad y mantendrá en el tiempo la huelga de celo hasta que se restablezca la situación de discriminación salarial de este colectivo, en la que su equipo de gobierno nos ha situado”…  

Fernando M. García Nieto


  https://www.lucenahoy.com/articulo/politica/los-trabajadores-piden-que-se-concluya-la-vpt-aunque-no-se-aplique/20121204202405002303.html

  https://policialocalwakinaki.com/2013/05/20/el-ayuntamiento-de-lucena-archiva-los-30-expedientes-disciplinarios-abiertos-a-policias-locales-por-falta-de-fundamentos-juridicos-lucena-cordoba/  

EL AYUNTAMIENTO Y LA POLICÍA LOCAL. CRÓNICA DE UN CONFLICTO INTERMINABLE. (Parte I: El origen)

EL AYUNTAMIENTO Y LA POLICÍA LOCAL. CRÓNICA DE UN CONFLICTO INTERMINABLE. (Parte II: Acción y reacción, los expedientes disciplinarios)

 

 

Lucena, cómo no te voy a querer

castillo moral lucena boabdilVivir, estar o participar en todos aquellos hechos importantes que son la historia de un pueblo, o de un país es una entelequia, ya que no nos es posible vivir eternamente, pero hete aquí, que lo que es evidente es que lo que le debemos al juego de nuestra imaginación es incalculable y solo por ella y con ella podemos vivir, ensoñar, fantasear, coexistir y habitar un pasado.



Me he permitido unas pinceladas de un pasado. Un pasado de una gran ciudad, Lucena, un pasado que de poder haberlo vivido tal como lo narro a continuación es una utopía.



“Me hallo aquí enaltecido de poder  viajar al pasado.  No, no sabría deciros en qué siglo me encuentro pero estoy seguro que debo estar entre el siglo IX y el siglo XII, Me dirijo hacia Eliossana". (La Perla de Sefarad), tengo una carta de recomendación que debo entregar a Ibn Gayyat. Pasaré un tiempo en su afamada Escuela Talmúdica, me dedicaré en cuerpo y alma al estudio no solo de la religión, sino que también abarcaré las ciencias y la poesía.



Muchos años más tarde descubriré que en su cementerio judío descansan mis restos, habrían de pasar muchos siglos para que yo mismo lo supiera. Sí fue en año el 2006 del siglo XXI, aquel perro quien escarbando la tierra halló lo poco que quedaba de mi osamenta, cogió mi cúbito en su hocico y se alejó de mi sepultura. Hoy me ha alegrado saber, que es sin duda la mayor necrópolis judía excavada y la mejor conservada de Europa. Son casi cuatrocientas tumbas las que han hallado, posiblemente de la época de mayor esplendor de Eliossana lo que me lleva a pensar que debí vivir y morir en los años comprendidos en el siglo X. No es me es permitido recodar mucho más de esta época.



No comprendo muy bien, que hago aquí, ¿acaso se me ha dado la oportunidad de vivir otra vida?, ¿o soy un mero viajero del tiempo? Si bien ya no sé si soy protagonista o un mero observador. Oigo el fragor de la batalla, estoy en 1483 es el mes de abril, me veo junto a un río llamado Martín González. He visto cómo ha caído de su caballo herido de muerte Aliatar suegro de Boabdil el Chico, el último sultán del reino nazarí de Granada. La mala suerte de este rey estuvo echada cuando quitó el trono a su padre y estuvo en disputa por este con él, como con su tío el Zagal.

Volviendo a la batalla, Boabdil, comprueba que sus huestes huyen en desbandada, él intenta escapar pero su caballo queda atascado en el fango e intenta esconderse entre la vegetación, pero el peón de infantería natural de Lucena, llamado Martín Hurtado con la ayuda de otros infantes, consigue reducirle. La lujosa vestimenta hace pensar a los peones que el prisionero es alguien importante. Diego Fernández de Córdoba y Arellano, Primer marqués de Comares, lleva al prisionero creyendo que se trataba de alguien importante a una mazmorra del castillo de Moral, fortaleza de su propiedad.

Por aquí ando ahora, enredando en este castillo denominado como el castillo de Lucena, su peculiaridad es que se encuentra ubicado en el casco histórico. He sabido que se construyó en 1148 tras la llegada del imperio almohade. Fernando III de Castilla lo conquistó en 1240. Fue donado a la Orden de Santiago. En 1342, lo adquiere a cambio de unos terrenos la amante del rey Alfonso XI, Leonor de Guzmán que también había adquirido el castillo de Cabra, precisamente en este último lugar nació su hijo ilegítimo con el monarca, el que sería el futuro Enrique II. Leonor mantuvo la propiedad del castillo hasta su fallecimiento en 1351, cuando regresó a la Corona, en 1371 el rey Enrique II lo donó a Juan Martínez de Argote y este, cuatro años más tarde, a su hija María Alfonso de Argote, que había contraído matrimonio con Martín Fernández de Córdoba, alcaide de los Donceles, quedando ya unido a este linaje familiar.



He visto a Boabdil antes de partir hasta el castillo de Cabra, ya que ha sido identificado por sus propios soldados, las noticias que he conocido antes de abandonar esta época es que, posteriormente lo entregaron a los Reyes Católicos. En sus ojos leí lo que más tarde supe, que él sería el último sultán del reino nazarí de Granada.



Sigo mi periplo viajero, me hallo en el palacio de los condes de Santa Ana. Es un palacio barroco del siglo XVIII. Lo ha construido la familia Mora-Saavedra, entre 1730 y 1750. Provienen de un linaje de criptojudíos y judeoconversos, atraídos por la fama que tuvo la ciudad en tiempos anteriores y la añoranza de morar en tierra de sus antepasados han decidido establecerse en Lucena. La fachada es magnífica, desde la portada se accede a un vestíbulo que da paso a un primer patio o apeadero, tras el cual se ubica el segundo patio, de planta cuadrada de composición estilística poco convencional.



Entre ambos patios hay una escalera monumental dispuesta en perpendicular respecto al eje de la casa, una bóveda decorada con unas aparatosas yeserías, de un incipiente rococó, por lo que cabe fecharlas una vez mediado el siglo XVIII, quizás en torno a 1760. Por su estilo podría atribuirse a Francisco José Guerrero o a su discípulo Pedro de Mena. Esta escalera se enriquece asimismo con mármoles y azulejos en los peldaños, así como con barandales de bronce.



¿Qué hago aquí? He venido a traerle a D. Antonio Rafael de Mora y Saavedra, quien posee un gabinete de antigüedades, una estatua romana de Eros dormido, de mármol está datada del siglo II. Está esculpida en mármol blanco de grano muy fino y cristalino.



Supe que la estatua romana desapareció, quizás fue escondida tras la invasión napoleónica de Lucena en los inicios del siglo XIX. Me ha congratulado saber que en año 2010 con motivo de la intervención arqueológica del edificio para su rehabilitación como centro de interpretación de la ciudad, ésta ha aparecido.



Sabed, que es al hijo de D. Antonio, D. Juan María de Mora y Pantoja a quien le fue concedido el título nobiliario de Condes de Santa Ana de la Vega por el Rey Carlos IV el 23 de enero de 1805 pero entre la concesión y la expedición del título muere Juan María de Mora por lo que se expide a nombre de su hijo Antonio de Mora Oviedo y Castillejo.



¡Ha pasado tanto tiempo desde la última vez que estuve aquí! Estoy en la Casa de Mora, hoy es 30 de junio de 2022. Los recuerdos me han venido a la mente cuando corría el año 1599, el Padre Prior nos ha ordenado al hermano Juan y a mí que bajemos a la cripta, debemos colocar los restos mortales del hermano Martín en su lugar de reposo, su cuerpo ya ha pasado el periodo colicuativo, es decir, ya ha soltado todos sus líquidos.



La cripta está excavada en el subsuelo del claustro, se trata de un espacio de unos 4x3 metros de forma rectangular, se accede por una escalera excavada y está cubierta con una bóveda de cañón. Me ha parecido hasta más grande verla vacía.



Este edificio anexo a la Iglesia de San Pedro Mártir de Verona fue el antiguo convento dominico fundado en 1575 por el obispo de Córdoba, hoy he sabido que en 1836 por el decreto de exclaustración pasó a formar parte de los Bienes Nacionales. En 1844 se subastó y pasó a la propiedad de Juan de Navas García. El edificio antes de pasar a la titularidad municipal fue fábrica de anises, molino de aceite y bodega. Conserva un espléndido patio manierista porticado con arcos de medio punto y columnas sobre basamento de pedestal. En su centro conserva una fuente rodeada de jardín y palmeras.


 Actualmente el edificio se ha rehabilitado. El proyecto ha recuperado el patio central porticado y un segundo patio trasero como espacios verdes abiertos para el disfrute de todos los ciudadanos. El resto del edificio se diseña de manera versátil para diversos usos funcionales tales como exposiciones, docencia, usos sociales, reuniones, etc., con un total de 11 salas repartidas en las tres plantas. En realidad solo el patio y la cripta me recuerdan a cuando yo lo habité, pero sin duda su puesta en valor ha evitado su pérdida ya que estuvo más de una década cerrado por su estado ruinoso que le hubiese llevado a su desaparición”.



Tras este delirio, una realidad, tú también puedes llevar tu imaginación a límites insospechados, tú también puedes rememorar, fantasear, soñar……. Porque sin duda la determinación del Ayuntamiento de Lucena, el impulso desde la Concejalía de Turismo en la persona de Teresa Alonso Montejo y el  gran trabajo realizado por la Delegación de Turismo en la persona de Emilia Gálvez Muñoz, para la puesta en valor de tanto patrimonio histórico que podemos hallar en Lucena, nos facilitan los medios para vivir los grandes acontecimientos del pasado de una hermosa ciudad. Una ciudad que aunque no vivas en ella, acabarás enamorándote de ella, para decir sin rubor Lucena, como no te voy a querer.

 

Antonio Fernández Álvarez

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